Wednesday, 10 de March de 2010


 
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OBJETOR DE CONCIENCIA PROCESADO POR DESERCION
Kewin Adolfo Henao Castillo, objetor de conciencia de 24 años de edad, estuvo preso 60 días en el Batallón Tequendama del ejército en Bogotá, en el marco de un proceso por DESERCION que adelanta la Fiscalía 26 del sistema de Justicia Penal Militar. Por vencimiento de términos de la fase preliminar del proceso, el pasado miércoles 2 de septiembre se le ha otorgado libertad provisional. En el auto de libertad provisional se le informa su obligación de reintegrarse a las filas inmediatamente.
 
Kewin Adolfo Henao Castillo, conscientious objector, is 24 years old, was in prision 60 (sixty) days in Tequendama’s Army Batallion in Bogotá, in the context of a desertion process advanced by the Military  Fiscalía 26 of military criminal system. The provisional freedom was given because of terms expiration.
 
La decisión de Kewin es rehusarse a volver a las filas y declarar su objeción de conciencia a la prestación del servicio militar obligatorio.
 
Estaremos comunicando cómo avanza el proceso. 
 
Los hechos de su caso

Kewin Adolfo Henao Castillo Castillo quien actualmente tiene 24 años de edad, se presentó ante las autoridades de reclutamiento para definir su situación militar en marzo del año 2007, ocasión en la cual fue declarado no apto por razones médicas, y citado para el 10 de abril en el distrito militar No. 2 para entregarle los requerimientos para la liquidación de su cuota de compensación militar. El 15 mayo del mismo año, se presentó con la respectiva documentación y se enteró que el expediente donde se certificaba su incapacidad médica había desaparecido; por esta razón se presentó el 8 de junio a una jornada masiva para definir situación militar, ese día le tomaron los datos nuevamente y le apoyaron con la elaboración de una solicitud de reposición del expediente con el fin de dar trámite a la libreta militar, lo cual no se dio.
 
Basado en su incapacidad médica, y debido a que su hermano se encontraba prestando servicio militar en ese momento, lo cual lo hacía exento de ley, se dedicó a trabajar para el apoyo económico de su madre, quien tiene quebrantos de salud que la incapacitan para trabajar. El día 12 del mes de junio de 2008, mientras se trasladaba hacia el departamento de Boyacá por cuestiones laborales, los militares le hicieron bajar de la camioneta de la empresa, le pidieron libreta y como no la tenía lo subieron a un camión del ejército y luego lo llevaron, junto con otros jóvenes, de pueblo en pueblo recogiendo más jóvenes.
 
A partir de eso estuvo en el Batallón Tequendama, Grupo Mecanizado No. 10 ubicado en la Carrera 7ª. con calle 106 en Bogotá. Duró allí casi un mes, luego lo trasladaron a un Batallón de Usme en Bogotá donde duró casi un mes. Luego lo regresaron al Batallón de la 106 y permaneció allí unos 20 días más. Posterior a eso le dieron 8 días de permiso previos al juramento de bandera.
 
Kewin continuó con su vida fuera del ejército y se dedicó a buscar trabajo. El día 2 de julio de 2009, mientras denunciaba la pérdida de su cédula en una unidad móvil de la policía, le informaron que tenía una orden de captura, enseguida lo esposaron y lo llevaron a dos estaciones de la policía y finalmente al Batallón Tequendama donde estuvo preso por 60 días.
 
Durante el tiempo que estuve en el Batallón Tequendama no hizo juramento de bandera, no firmó ingreso, razón por la cual también consideramos que su condición no es la de un militar, sino la de un civil que estaba en el proceso previo para ser incorporado. A y Kewin no se le desarrolló el tercer examen a través del cual se determina la permanencia o la exención a la prestación del servicio militar, tal y como lo señala la ley 48/93.

Son sus principios de conciencia consecuencia de la formación recibida especialmente por su familia, es la situación económica de mi madre y sus condiciones de salud que cada vez son mas alarmantes y es el hecho de que mi hermano está dedicado a la vida militar por convicción,  las razones por las cuales argumenta su imposibilidad de conciencia para prestar el servicio militar.
 
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